Información Pública
LEY 5189/14.
QUE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA PROVISIÓN DE INFORMACIONES EN EL USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS SOBRE REMUNERACIONES Y OTRAS RETRIBUCIONES ASIGNADAS AL SERVIDOR PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY.
La información publicada deberá contener:
- INCISO A. Estructura orgánica y funciones de cada una de las dependencias.
- INCISO B. Dirección y teléfono de la entidad y de todas las dependencias que la conformen.
- INCISO C. Nómina completa de los funcionarios permanentes, contratados y de elección popular, incluyendo número de Cédula de Identidad, año de ingreso, salarios, dieta o sueldos que corresponden a cada cargo, gastos de representación, bonificaciones discriminadas por cada uno de los conceptos establecidos por las normas respectivas, premios y gratificaciones especiales.
- INCISO D. Presupuesto de ingresos, gastos asignados y anexo de personal para cada ejercicio fiscal con su ejecución mensual.
- INCISO E. Detalles de viajes nacionales e internacionales, que sean financiados con fondos públicos, incluyendo beneficiario, destino, objetivos del viaje, fecha de realización y montos asignados para viáticos, incluyendo un informe final de la misión.
- INCISO F. Inventario de bienes muebles, inmuebles y vehículos con que cuentan cada una de las instituciones.
- INCISO G. Listado completo de funcionarios comisionados a prestar servicios en otras instituciones, período de comisión y entidad de destino.
- INCISO H. Listado completo de funcionarios comisionados de otras instituciones, fecha de inicio y finalización de la comisión, entidad de origen y funciones que desempeñan.
- INCISO I. Cualquier otra información que la entidad considere necesaria para dar a conocer el cumplimiento de su misión y objetivos institucionales.